Entendiendo la Tarifa Anual de Asilo de $100: Aclaraciones y Pasos a Seguir

La reciente implementación de una tarifa anual para las solicitudes de asilo ha generado un considerable volumen de preguntas entre nuestros clientes. En Inmigración Pro, nuestro deber es ofrecer claridad y una guía estratégica precisa. A continuación, presentamos un análisis detallado sobre esta nueva regulación.
Fundamento y Naturaleza de la Tarifa Anual de Asilo
El gobierno de Estados Unidos ha establecido una tarifa de $100 USD que debe ser satisfecha anualmente por cada solicitud de asilo (Formulario I-589) que permanezca pendiente de adjudicación.
Es fundamental comprender que este no es un cargo administrativo de nuestra firma. Se trata de una tarifa federal exigida por la agencia gubernamental que procesa el caso:
- Para casos administrativos, el cobro es del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), a través de USCIS.
- Para casos defensivos, corresponde al Departamento de Justicia (DOJ), que administra las Cortes de Inmigración.
¿Quiénes Están Sujetos al Pago?
La aplicabilidad de esta tarifa abarca a todos los solicitantes de asilo, divididos en dos categorías principales:
- Nuevas Solicitudes: Todo individuo que presente una solicitud de asilo por primera vez está sujeto al pago inicial de la tarifa.
- Solicitudes Pendientes: Aquí reside la aclaración más crítica. Siguiendo la directriz de nuestro equipo legal, la recomendación profesional es que todos los solicitantes con un caso de asilo ya en proceso realicen el pago, sin importar la fecha original de presentación. Esta medida proactiva es esencial para mantener el caso en regla y evitar posibles complicaciones administrativas.
Retroactivo: Aclaración Importante
Una preocupación recurrente es si se deben pagar los años que el caso ya ha estado pendiente. La respuesta es No. El pago no tiene carácter retroactivo. Si su solicitud fue presentada en años anteriores, solo debe realizar un único pago de $100 USD para cumplir con el requisito del año en curso. A partir de ahí, la obligación de pago será anual.
Plazos y Nuestra Recomendación Estratégica
Para los casos de solicitudes de asilos existentes antes de esta regulación, las agencias gubernamentales no han comunicado una fecha límite estricta. No obstante, esperar una notificación no es la estrategia más prudente.
Nuestra recomendación profesional es:
Proceder con el pago a la brevedad posible: La razón es estratégica, hemos observado que los jueces de inmigración ya están incluyendo la prueba de pago de esta tarifa como un requisito en las órdenes de programación de audiencias (scheduling orders). Anticiparse a esta solicitud es fundamental para no poner en riesgo la continuidad de su proceso.
Procedimiento de Pago y el Rol de la Firma
Para garantizar que los fondos sean correctamente acreditados a su número de caso, nuestra firma gestionará directamente la transacción en los portales gubernamentales correspondientes. Contamos con los accesos y protocolos para asegurar que el pago se registre de manera oficial.
Su responsabilidad es contactar a su equipo asignado en Inmigración Pro para coordinar la transferencia de los fondos. Una vez completado, el comprobante oficial será adjuntado a su expediente digital.
Conclusión
La correcta gestión de los requisitos administrativos es un pilar del éxito en cualquier proceso migratorio. Esta nueva tarifa anual no es una excepción. Nuestro equipo ya está implementando los protocolos para asegurar que todos nuestros clientes cumplan con esta obligación de manera eficiente.
Si tiene preguntas adicionales, por favor, diríjalas a su equipo legal.

📌 Fuentes oficiales:
USCIS Updates Fees Based on H.R. 1
USCIS Immigration Fees Required by HR-1 Reconciliation Bill
Hay nuevas tarifas para las solicitudes de asilo y permisos de trabajo









